01/09/2022
Recibimos una comunicación relativa a las resoluciones n° 1104/2004 y 314/2016, respecto a alcances y actualización de datos.
Los primeros puntos se refieren a un recordatorio de obligaciones y responsabilidades vigentes, información requerida y alcances de la Resolución N° 314/2016.Otra parte muy importante es la actualización de datos, cuya información requerida es:
- Tipo de Boca de Expendio, con el cual se encuentra inscripto en la Resolución 1102/2004: 1. Bocas de expendio (venta por menor) Combustibles líquidos únicamente. 2. Bocas de expendio (venta por menor) Duales (líquidos + GNC). 3. Bocas de expendio (venta por menor) Sólo GNC. 4. Bocas de expendio (venta por menor) Duales (líquidos + GLPA). 5. Bocas de expendio (venta por menor) Combustibles Líquidos + PRVE. 6. Revendedor general (venta a granel mayorista, incluye tambores) 7. Comercializador (venta a granel mayorista) 8. Distribuidor (con camiones) 9. Aeroplanta (venta de combustible para aeronaves)
- Número de trámite SGDA de 6 dígitos (última columna “M” de la planilla Excel®).
- Número de expediente de inscripción en el Registro creado por el artículo 1° de la Resolución N° 1102, (columna “A” de la planilla Excel®) .
- Correo electrónico declarado y uno alternativo.
- Bandera actual.
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