13/05/2022
Hoy vence el reporte semanal para los pequeños comercios con hasta 2 equipos.
El Fisco incorporó no solo “Controladores Fiscales” que correspondan a la ‘Nueva Tecnología’, sino la obligación de realizar los siguientes reportes:
- Reporte Resumen de Totales, por el período correspondiente.
- Reporte de Duplicados electrónicos de comprobantes clase “A”, “A con leyenda” y “M” emitidos, por el período correspondiente. Sólo deberán presentar este reporte los r responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado.
Estos reportes se deben generar y emitir MENSUALMENTE para los monotributistas y SEMANALMENTE para los responsables inscriptos y exentos en el impuesto al valor agregado.
También deberán generar semanal o, en su caso, mensualmente, el reporte “Cinta Testigo Digital”, que responde a los duplicados electrónicos de los comprobantes emitidos, los que quedarán al resguardo de los contribuyentes.
Los informes semanales y mensuales se deberán presentar de acuerdo al siguiente cronograma:
1) Contribuyente Responsables inscriptos: Deben descargar el reporte 4 veces al mes.
- Primera semana: período comprendido entre los días 1 y 7, ambos inclusive, de cada mes, hasta el día 12 del mismo mes.
- Segunda semana: período comprendido entre los días 8 y 14, ambos inclusive, de cada mes, hasta el día 19 del mismo mes.
- Tercera semana: período comprendido entre los días 15 y 21, ambos inclusive, de cada mes, hasta el día 26 del mismo mes.
- Cuarta semana: período comprendido entre los días 22 y el último día del mes, ambos inclusive, hasta el día 5 del mes inmediato siguiente.
2) Contribuyente Monotributistas: Deben descargar el reporte 1 vez al mes. Debe comprender la información que va desde el 1ero hasta el último día del mes. Se debe presentar dentro de los 5 días de vencido el mes.
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