02/05/2022
Estimado asociado.
El pasado sábado 30 de abril hemos recibido una nota (NO-2022-42493001-APN-SE MEC) por medio de la cual reemplaza instrucciones para abastecimiento de gas a Estaciones de Servicio de GNC, a los fines que IEASA proceda a abastecer de gas natural con destino a GNC.
Les compartimos el resumen de los puntos más importantes:
Distribuidora: Las Distribuidoras deberán informar a IEASA por nota en carácter de DDJJ el volumen de las estaciones de GNC que al 1 de mayo del 2022 no cuenten con contratos de abastecimiento de gas natural, con detalle de denominación social, CUIT y domicilio.
Precio: El precio se determinará mensualmente en base al precio de venta de YPF a sus clientes en ese mismo punto con más un cinco por ciento (5%), para ello YPF informará dichos valores de referencia.
Modalidad de operación por cuenta y orden: Las distribuidoras actuarán en nombre y por cuenta y orden de IEASA, y tendrán a su cargo la operación del despacho, así como la gestión de facturación y cobro, y abonarán a IEASA los montos recaudados resultantes de cada una de las facturas emitidas a los usuarios. Además, se requerirá a cada uno de los Usuarios que presente ante la Distribuidora correspondiente la adhesión al régimen de abastecimiento aquí previsto, dirigida al siguiente correo electrónico: despacho@litoral-gas.com.ar
Podrá consultar la resolución AQUÍ.
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