23/07/2021
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, mediante la resolución 420/2021 (BO: 21/7/2021) estableció que el plazo para la inscripción al “Programa REPRO II”, para el período correspondiente a los salarios devengados durante el mes de julio de 2021, estará comprendido entre el 23 de julio y el 29 de julio de 2021 inclusive.
Se definen las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio.
Recordamos que el programa contempla para aquellos empleadores que realicen actividades afectadas en forma crítica, una reducción del 100% de las contribuciones patronales con destino al SIPA.
Pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección
* No recibir subsidios del sector público.
* Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la (AFIP): Junio de 2019 y Junio de 2021.
* Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
* Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Mayo 2021.
* Corte de actualización de bajas de nómina: 22 de Julio 2021.
* Corte de actualización CBU: 22 de Julio inclusive
* Presentar una reducción de la facturación superior al veinte por ciento (20%) en términos reales, para el periodo comprendido entre Junio 2021 y Junio 2019.
VER RESOLUCIÓN COMPLETA AQUÍ
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