19/07/2021

Santa Fe exime el pago de impuestos a los contribuyentes afectados por la pandemia

La Legislatura de la provincia de Santa Fe sancionó el pasado 5 de julio la ley 14042, que establece beneficios de exención en el pago de ingresos brutos, sellos y tasas retributivas de servicios desde abril hasta setiembre de 2021, para aquellos contribuyentes afectados por la pandemia.

Beneficios:

 
Eximición a los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de pagar el impuesto a favor de la Administración Provincial de Impuestos correspondiente a los anticipos 4, 5, 6, 7 , 8 y 9/2021 cuando desarrollen las actividades de bares, restaurantes y similares; servicios de alojamiento, hotelería, residenciales, campings y similares; servicios de agencias de viaje y turismo y similares; servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo, de excursiones y similares; servicios profesionales y personales vinculados al turismo; servicios de explotación de playas y parques recreativos; venta al por menor de artículos o artesanías regionales; servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones o exposiciones y similares; servicios para eventos infantiles; organización de eventos; servicios de soporte y alquiler de equipos, enseres y sonido para eventos; alquiler temporario de locales para eventos; servicios de peloteros; alquiler de canchas y demás establecimientos para práctica de deportes; jardines maternales, centros de atención de desarrollo infantil, servicios de salones de baile y discotecas, sala de teatros, de cinematografía, eventos culturales, gimnasios, servicios de peluquería, agencias de lotería, clínicas y sanatorios privados que presten servicios de internación, y empresas de emergencias médicas.

 
Eximición del pago de las cuotas de los meses de abril a setiembre a los pequeños contribuyentes adheridos al régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos;

 
-Se exime el pago de la cuota 3/2021 del impuesto inmobiliario urbano y suburbano a los contribuyentes que desarrollen actividades afectadas por la pandemia;

 
–Eximición del pago del impuesto de sellos y tasas retributivas en los meses de abril a setiembre de 2021, de servicios respecto de los créditos orientados a la recuperación productiva de las personas jurídicas y/o humanas afectadas por la pandemia. También se exime durante el mismo período a los contratos de alquiler de inmuebles con destino a la actividad comercial.

 
-Se suspende hasta el 30 de setiembre de 2021 la caducidad de los planes de facilidades de pago –L. (Santa Fe ) 14025- para los contribuyentes que se vean afectados, limitados o imposibilitados en su normal funcionamiento.


– Prórroga de 60 días del régimen de regularización tributaria para impuestos, tasas y contribuciones provinciales, sus intereses y multas, por las deudas devengadas hasta el 31 de octubre de 2020 -arts. 20 a 33 de la L. (Santa Fe) 14025  para los contribuyentes que se vean afectados, limitados o imposibilitados en su normal funcionamiento.

Ver Ley completa AQUÍ 


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