04/11/2019

Impuesto sobre los combustibles líquidos

Se restablecen en forma paulatina, en noviembre y diciembre de 2019, los incrementos del impuesto que habían quedado diferidos.

El decreto 753/2019  modifica las fechas establecidas anteriormente. Hasta este decreto, el plazo había sido fijado hasta el 30 de noviembre, y recién a partir del 1 de diciembre comenzaba a aplicarse la suba total del gravamen. En cambio ahora, se estableció que desde el 1 de noviembre último deberá considerarse el incremento total en los montos del impuesto.

 

Para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1 y el 30 de noviembre de 2019, ambas fechas inclusive, el incremento en los montos del impuesto será el que se detalla en la siguiente tabla:

 


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